Publicado Nuevo Real Decreto: cambio en las oposiciones 2018
Oposiciones 2018:
El 23 de febrero de 2018 se publicó un Nuevo Real Decreto que modificaba el anterior 276/2007, de 23 de febrero. Este Nuevo Real Decreto modifica el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes mediante un único articulo que se centra en los siguientes puntos:
CURSOS HOMOLOGADOS PARA OPOSITORES Y DOCENTES
25% DE DESCUENTO
UTILIZA EL CUPÓN: INNOVATICOS
- Las pruebas de la fase de oposición en dicho procedimiento se ceñirán a lo dispuesto en el artículo 21 del articulo de ingreso, a excepción del número de temas extraídos al azar por el tribunal. De estos temas, el opositor deberá elegir uno para desarrollar por escrito. Los temas extraídos serán proporcionales al número total de temas del temario de cada especialidad, y se ajustarán a los siguientes criterios:
- En aquellas especialidades donde el temario no sea superior a 25 temas, se elegirá entre 3 temas.
- En aquellas especialidades donde el temario sea superior a 25 pero inferior a 51 temas, se elegirá entre 4 temas.
- En aquellas especialidades donde el temario sea superior a 50 temas, se elegirá entre 5 temas.
- En la fase de concurso se establecen 3 bloques con puntuaciones distintas que se detallan a continuación:
- Experiencia previa: máxima de 7 puntos
- Formación académica: máxima 5 puntos
- Otros méritos: máxima 2 puntos
Los opositores no podrán alcanzar más de 10 puntos por la valoración de sus méritos
Respecto a las especificaciones a las que deben ajustarse los baremos de méritos, estas seguirán lo marcado en el Anexo I del Reglamento, a excepción de la valoración de la experiencia docente previa, para la que se tendrá en cuenta un máximo de 10 años, cada uno de los cuales será valorado en un único subapartado de los siguientes que detallamos:
- Por cada año de experiencia docente en especialidades del cuerpo a la que opta el aspirante, en centros públicos: 0,700 puntos
- Por cada año de experiencia docente en especialidades de distintos cuerpos al que opta el aspirante, en centros públicos: 0,350 puntos
- Por cada año de experiencia docente en especialidades del mismo nivel o etapa educativa que el impartido por el cuerpo al que opta el aspirante, en otros centros: 0,150 puntos
- Por cada año de experiencia docente en especialidades de distinto nivel o etapa educativa que el impartido por el cuerpo al que opta el aspirante, en otros centros: 0,100 puntos.
- La puntuación global de la oposición resultará de la ponderación de las puntuaciones de las fases de oposición (60%) y concurso(40%).